viernes, 28 de junio de 2013

SEREMI Y DIRECTOR (S) DEL TRABAJO INFORMAN SOBRE NORMATIVA LABORAL PARA LAS ELECCIONES PRIMARIAS

FUENTE   :  RADIO POLAR
 
 



A pocos días de las elecciones primarias, el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Víctor Haro, y el Director Regional (S) del Trabajo, Francisco Parada, informaron respecto de la normativa laboral que se aplicará este domingo para los trabajadores que deseen votar.

Haro recordó que “el hecho de que hoy en nuestro país el voto sea voluntario, no es impedimento ni es excusa para que se concurra a votar si se quiere”.

En este sentido, el titular regional de Trabajo explicó que aquellos que deban prestar servicios ese día, podrán ausentarse de sus labores durante dos horas para sufragar, las que deberán acordarse de común acuerdo con el empleador.

Haro agregó que los ciudadanos designados como vocales de mesa o miembros del colegio escrutador o de la junta electoral, tienen este permiso todo el día y en ambos casos, tienen derecho de recibir su remuneración íntegra.

LLAMADO
“Con anticipación hacemos un llamado a los empleadores a respetar el derecho a sufragar que tiene todo trabajador. Esta petición la planteamos confiados en que, al igual que como sucedió el año pasado para las municipales, los empleadores magallánicos cumplieron la normativa plenamente, sin registrarse multas”, afirmó el Seremi Haro en compañía del Director Regional (S) del Trabajo, Francisco Parada.

Según la normativa de la DT –la misma que se aplicó para los comicios municipales de 2012-, tendrán derecho a descanso los trabajadores que se desempeñen en centros comerciales como el mall, que operen bajo una misma razón social, los cuales no pueden estar abiertos durante el día de la elección. Los que sí pueden funcionar son los locales comerciales administrados de forma autónoma, como supermercados, tiendas, panaderías, almacenes y farmacias, siempre que no estén ubicados dentro de un centro comercial.

Respecto de los malls, la Directora Nacional del Trabajo, María Cecilia Sánchez aclaró que “a diferencia de los feriados irrenunciables permanentes, que es para todos los trabajadores del comercio, para el día de las elecciones es una norma especial, donde sólo tiene descanso obligatorio aquellos trabajadores que laboran en centros comerciales o complejos comerciales administrados por una misma razón social. A ellos no pueden exigirle trabajo alguno, porque ese día los malls están cerrados”.

En esta misma línea, Parada destacó que “al igual que años anteriores, la DRT durante la semana pasada hizo un fuerte trabajo informativo y preventivo, en que se conversó con la gente de la Zona Franca y del Mall Pionero, para acordar el absoluto respeto del marco legal”.

Anexo a ello, Parada anunció junto al Seremi Haro, fiscalizaciones durante toda la jornada para resguardar el derecho de los trabajadores.

“Tendremos desplegados fiscalizadores por toda la región verificando el cumplimiento de la normativa, no obstante, confiamos en la histórica conducta de respeto que hemos tenido en Magallanes. De igual modo también tendremos un sitio web donde se podrán hacer denuncias en www.dt.gob.cl y en los teléfonos celulares: 683 21 843/932 10 367”, contó Parada.

MULTAS
Según detalló Parada, las infracciones en las que incurran las empresas dependerán del número de trabajadores, las cuales varían entre los $320.000 hasta $801.000 aprox., en el caso de no conceder permiso para ir a votar, y entre $400.000 y 2.405.000 aprox., para los centros comerciales que incumplan la norma.

a) Por no conceder el permiso de dos horas para ir a votar: 8, 15 y 20 UTM, dependiendo de si las empresas tienen entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores, respectivamente.
b) Por no conceder permiso a los trabajadores y trabajadoras designados vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral para que cumplan con esa función: 9, 30 y 40 UTM, dependiendo de si las empresas tienen entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores, respectivamente.
c) Por aplicar descuentos a las remuneraciones de los trabajadores y trabajadoras designados para cumplir las citadas funciones cívicas: 9, 30 y 40 UTM, dependiendo de si las empresas tienen entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores, respectivamente.
d) Por abrir locales que funcionan en un centro comercial bajo una misma razón social o personalidad jurídica: 10, 40 y 60 UTM, dependiendo de si las empresas tienen entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores, respectivamente.
g) Todas las multas son por empresa, no por trabajador en infracción.